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Renovación Popular se suma a la investigación por lavado de activos.
Poder Judicial ordenó investigar a Renovación Popular por presunta asociación ilícita y lavado de activos en el caso Odebrecht.

Renovación Popular se suma a la investigación por lavado de activos.

Renovación Popular se suma a la investigación por lavado de activos.

La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional ratificó la decisión de investigar a Solidaridad Nacional, ahora Renovación Popular, por presuntos delitos de asociación ilícita y lavado de activos en el caso Odebrecht.

El tribunal confirmó que la resolución inicial no violó los derechos procesales del partido político y aplicó correctamente las normativas sobre la participación de entidades jurídicas en procesos penales.

La Fiscalía acusa al partido de utilizar su organización para promover actividades de lavado de activos, provenientes de fondos ilícitos de empresas como Odebrecht y OAS, aparentando legalidad mediante contribuciones de campaña.

Entre los implicados se encuentran José Luna Gálvez, Martín Bustamante Castro, Jorge Zegarra Lévano y Julio Torres Romero, entre otros.

En otro caso relacionado, el Tribunal Constitucional rechazó la solicitud de hábeas corpus de Rafael López Aliaga, alcalde de Lima, en diciembre de 2023. La petición buscaba evitar nuevas investigaciones de lavado de activos y defraudación tributaria por parte de las Fiscalías Especializadas en Lavado de Activos y en Delitos Tributarios.

La solicitud de López Aliaga buscaba impugnar la disposición fiscal que inició la investigación preparatoria en su contra. Esta investigación está relacionada con presuntas operaciones ilícitas entre la Caja Metropolitana de Lima y empresas extranjeras en Panamá.

En su argumentación, López Aliaga sostenía que estas disposiciones afectaban su libertad al someterlo continuamente a investigaciones y exponer a sus empresas a posibles auditorías contables adicionales. Sin embargo, la Procuraduría Pública del Ministerio Público rebatió estas afirmaciones, explicando que la resolución fiscal no implicaba la aplicación de medidas coercitivas, como la comparecencia restringida o la prisión preventiva, ya que tales decisiones son competencia de un juez penal.

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