La nueva ley, impulsada por Waldemar Cerrón, fue aprobada por la Comisión Permanente del Congreso con 12 votos a favor y modifica la definición del crimen organizado.
La Comisión Permanente del Congreso ha dado luz verde al proyecto de ley que establece que los allanamientos de inmuebles solo se ejecuten con la presencia obligatoria de la persona investigada y su abogado. La iniciativa, que obtuvo 12 votos a favor, 3 en contra y 9 abstenciones, ha generado un amplio debate por su potencial impacto en la lucha contra el crimen organizado.
El legislador Waldemar Cerrón, promotor del proyecto, defiende que esta medida busca garantizar que la justicia se aplique de manera equitativa y proteger los derechos de los investigados. Según Cerrón, la ley asegura que los procesos se lleven a cabo con la debida supervisión legal, evitando abusos durante los allanamientos. «La justicia debe imponerse por encima de cualquier interés personal o de cualquier grupo, sobre todo de intereses ajenos a la voluntad general», argumentó el congresista Américo Gonza Castillo, presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Modificaciones Clave en la Ley contra el Crimen Organizado:
- Allanamientos Supervisados: El proyecto establece que los allanamientos solo podrán realizarse si hay motivos razonables y suficientes pruebas. La presencia del investigado y su abogado es obligatoria durante el procedimiento. En ausencia de un abogado, se debe proporcionar uno de oficio o coordinar con el Colegio de Abogados local. Excepcionalmente, se podrá proceder con la presencia de un familiar adulto o dos testigos vecinos.
- Redefinición de Delitos Graves: La propuesta de Cerrón modifica la Ley contra el Crimen Organizado excluyendo 59 de los 91 tipos penales, incluyendo la tala ilegal, la estafa agravada y el tráfico ilícito de migrantes, de ser considerados como delitos graves. Solo los delitos con penas superiores a seis años de prisión se mantendrán bajo esta categoría.